Energía, consumo y acción

Jun 11, 2024 | 0 Comentarios

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Ya no se sabe si estamos en invierno o en verano, pero en todo caso decir que lo que sea es “el más caluroso de todos los tiempos” y con aval científico nos hace no poder ignorar la inminencia del cambio climático; se desdibujan las posiciones sobre que se trata de una agenda, entendiendo agenda como una idea que alguien nos quiere hacer creer una cosa que no es cierta, con intereses distintos a los que promueve.

Pero no, el calor, las inundaciones, incendios, sismos, terremotos, mortandad de humanos, especies, auroras boreales en sitios no típicos y demás desastres, han llegado a poner nuestros pies en tierra, nuestra piel en el presente para aceptar la realidad. Nos enfrentamos a  cambios en nuestro entorno, que implican un cambio en nuestra vida.

Si entramos en activismos antagónicos, encontraremos: ¿culpables? Seguro que sí, encontraremos ¿las causas? Estas últimas sirven más, pues pueden ser un punto de partida para encontrar soluciones. Pero estimo que lo más importante es encontrar acciones.

Las acciones no solo les corresponden a los gobiernos, ni a las empresas generadoras de CO₂, ni de desechos, etc. Las acciones nos corresponden a todos, desde simples cosas que son nuestros patrones de vida y más allá de eso nuestros patrones de consumo mientras existimos.

¿Estamos dispuestos a entender que nuestro entorno se debe modificar a partir de nosotros mismos?

Bueno. Mientras entendemos y ojalá no sea muy demorado ese acto de consciencia, porque el tiempo no abunda, abordaré una iniciativa estructural que pretende el Estado Colombiano. No un gobierno, el estado.

Colombia, mediante la ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, ha venido promoviendo la transición energética, entendiendo como promoción al desarrollo y utilización de fuentes de energías no renovables, no convencionales, uso eficiente de energía.

Desde la perspectiva del ciudadano común, esto es algo que debe hacer alguien más, estado, gobierno, empresa pública o privada (dedicada a ello) y hasta el momento tienen muchos argumentos para pensar así. La generación de energía, la transformación de materias primas en energía, de sistemas de transformación de energía, su distribución y comercialización son hasta el momento actividades que dependen de rigurosos estudios de ingeniería, análisis de costos de inversión, análisis de sostenibilidad, factibilidad técnica y financiera, que al final determinan la procedencia, conveniencia y ejecutabilidad de dichos proyectos y el cumplimiento de su propósito.

Sin embargo, en la actualidad, está ocurriendo algo, que se me ocurre denominar descentralización de la generación y comercialización de energía. Esto se pretende a través de un Decreto 2236 de 23 de diciembre de 2023, que reglamentó las Comunidades Energéticas a las que hizo mención la Ley 2294 de 2023 – Plan Nacional de Desarrollo.  

Esa “descentralización” energética, le entrega la estafeta de la acción a la sociedad, es el momento propicio para que las empresas, grandes consumidoras de energía, replanteen no solo su consumo, sino los mecanismos a través de los cuales acceden a esa materia prima esencial para sus procesos de producción.  

Hoy tienen la estafeta de la acción. Porque lo importante no es el culpable o la causa, sino la acción para encontrar la solución. Y la solución es un cambio de paradigma, hacer las cosas distinto, consumir distinto, contribuir distinto.

No puede negarse que sigue siendo un proyecto muy especializado y técnico, pero ¿quién, sino la empresa, tiene el personal adecuado para analizarlo desde la perspectiva no solo del beneficio a su organización sino desde el beneficio a sus stakeholders? En beneficio, además de su mercado, que debe seguir existiendo para que tenga sentido también la existencia de la empresa.

Un estado como el colombiano, inmerso en tanto por hacer, desde lo más básico hasta lo más complejo, no podrá llevarnos a la transición energética por sí mismo, sus recursos técnicos, administrativos y financieros son, por decir lo menos, limitados. Sin embargo, el sector privado, desde la perspectiva de sus necesidades y de las de sus stakeholders, alineadas a su misión, propósito y responsabilidad social empresarial, si puede aportar, puede hacerse presente a la transición energética a través de sus acciones, que no dependen de nadie sino de la empresa. Abastecerse distinto, a través de su actuar.

Para ello debemos utilizar lo que está a nuestro favor: Las empresas:

1) Tenemos la necesidad de consumo de energía.

2) Tenemos el talento humano, cargos, perfiles a los que les es posible analizar proyectos de uso eficiente de energía en nuestra organización.

3) Tenemos los recursos financieros o la posibilidad de obtenerlos a través de endeudamiento

4) Tenemos los beneficios tributarios otorgados a  este tipo de iniciativa que pueden coadyuvar a nuestro interés central de mejorar, optimizar y tener un consumo de energía sostenible y amigable con el medio ambiente.

 ¿Beneficios tributarios? ¿Cuáles?

IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS:

–    Reducción del 50% del valor de la inversión en proyectos FNCER del Impuesto de la Renta y Complementarios durante un periodo no mayor a 15 años.

–    Depreciación Acelerada: El activo de Inversión en FNCER, puede depreciarse hasta el  20% (teniendo en cuenta la tasa máxima anual global), el resultado de dicha depreciación es deducible de la renta líquida

IVA:  

–    Exención del pago de IVA para equipos, maquinarias, materiales y servicios destinados a la ejecución de inversiones en proyectos de fuentes no convencionales de energías renovables.  

ARANCELES:

–    Exención arancelaria  para la importación de equipos, maquinarias, accesorios, materiales para un proyecto FNCER, que no sean fabricados por la industrial nacional.

BONOS DE CARBONO:

–   Son reducciones de emisiones o absorciones de Gases Efecto Invernadero – GEI resultantes de iniciativas de mitigación, validados y verificados bajo estándares específicos o en el marco de programas de certificación. Cada crédito de carbono representa una tonelada de CO₂ equivalente reducida o removida de la atmósfera. Estos bonos son transables en el mercado.

BONOS VERDES:

–   Los bonos verdes son un instrumento financiero de deuda ofrecido por las entidades financieras para el financiamiento de proyectos con impactos positivos en el medio ambiente. Mecanismo de financiación de proyectos FNCER.

GLOSARIO:

Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER): La biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, la energía eólica, geotérmica, solar, hidrogeno verde e hidrogeno azul.

¿Entonces? ¿Tiempo de actuar, como puede contribuir mi empresa a la transición energética? Si tienes inquietudes podemos ayudarte a esclarecer tus alternativas, escríbenos.

Por Natalia Name

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